La Sala Constitucional Primera de Santa Cruz rechazó la acción popular presentada contra el Decreto Supremo 5503, que fue impugnado con el objetivo de suspender su aplicación. Este recurso constitucional fue promovido por el abogado Wilmer Vásquez en contra del presidente del Estado, la Asamblea Legislativa Plurinacional, el Tribunal Constitucional Plurinacional, la Contraloría General del Estado y la Defensoría del Pueblo.
Tras una audiencia que se extendió por más de cuatro horas, la presidenta de la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, Carla Arancibia, informó que se denegó la tutela solicitada. Tanto Arancibia como el vocal Alaín Núñez enfatizaron que la competencia exclusiva para resolver sobre la constitucionalidad de los decretos recae en el Tribunal Constitucional Plurinacional.
De esta manera, el Decreto Supremo 5503, que entró en vigencia en diciembre de 2025, permanece vigente sin modificaciones.
Este decreto establece la declaración de Emergencia Económica, Financiera, Energética y Social en el país, implementando un conjunto de medidas excepcionales que abarcan ámbitos como la política monetaria, fiscal, productiva, energética y social. Aunque el documento es extenso y cuenta con varios anexos técnicos, su esencia radica en las disposiciones que redefinen precios, incentivos, normativas de inversión, comercio exterior, créditos y transferencias sociales.
La promulgación del decreto suscitó diversas reacciones, generando tanto apoyo como rechazo. En respuesta a las protestas y bloqueos impulsados por sectores contrarios a la normativa, el gobierno nacional inició procesos de diálogo con diferentes actores sociales. Mientras la mayoría alcanzó acuerdos, algunos grupos, especialmente aquellos vinculados a la Central Obrera Boliviana, continúan con las movilizaciones en rechazo a las medidas establecidas


