El Ministerio de Educación ha emitido la resolución 001/2026 que establece las directrices para el próximo año escolar en todo el país. Según esta normativa, el proceso de inscripción se llevará a cabo entre el 19 y el 23 de enero, mientras que las clases comenzarán el 2 de febrero y se extenderán hasta el 2 de diciembre, garantizando un total de 200 días hábiles de enseñanza.
En algunas regiones, como Santa Cruz, la alta demanda por cupos en unidades educativas fiscales y de convenio ha generado situaciones donde los padres han tenido que reservar lugares con sillas fuera de los centros escolares, especialmente en el nivel inicial.
Respecto a las pensiones en colegios privados, la resolución dispone que los costos se mantendrán congelados durante el periodo de inscripción. No obstante, en abril se conformará una comisión integrada por representantes del Ministerio de Educación, el Ministerio de Economía y la Asociación Nacional de Colegios Privados para evaluar la posible actualización de las tarifas, tomando en cuenta las condiciones económicas nacionales. Además, se prohíbe a las instituciones privadas cobrar montos adicionales fuera de las diez pensiones mensuales estipuladas, incluyendo conceptos como reserva de plaza, matrícula, materiales educativos o gastos administrativos, los cuales deben estar claramente especificados en los contratos.
La inscripción de estudiantes regulares se realizará de manera automática, pero requiere la confirmación presencial del alumno junto con su padre, madre o tutor dentro de los primeros 15 días de iniciado el año escolar. Para los alumnos nuevos, el registro se dividirá en dos etapas: el 19 y 20 de enero para quienes ingresan al primer o segundo año de escolaridad, y del 21 al 23 de enero para aquellos que cambian de unidad educativa. Los documentos necesarios para la inscripción incluyen el certificado de nacimiento y la cédula de identidad; en el caso de estudiantes extranjeros, se solicitará la documentación correspondiente al estatus migratorio.
Una novedad importante de esta gestión es que no se distribuirán textos escolares impresos. Los docentes serán responsables de elaborar sus propios materiales basados en la malla curricular vigente y fuentes bibliográficas externas, con la finalidad de evitar costos adicionales para las familias. En cuanto a la evaluación, se eliminará la categoría de “decidir” y se implementará un sistema que pondera tres dimensiones: “el ser” (10 puntos), “el saber” (45 puntos) y “el hacer” (40 puntos), sumando además 5 puntos por autoevaluación.
La normativa también regula el uso de dispositivos electrónicos, prohibiendo el empleo de teléfonos móviles tanto para estudiantes como para docentes dentro del aula, aunque sí permite el uso de computadoras con fines educativos.
Entre otras disposiciones, se establece un límite en la cantidad de alumnos por aula: un máximo de 25 estudiantes por paralelo y año de escolaridad, con variaciones según el nivel educativo y zonas rurales, donde incluso puede funcionar un aula con un solo alumno. El uso del uniforme escolar no será obligatorio, pero podrá implementarse si así lo decide la comunidad educativa. Asimismo, queda prohibida la expulsión, suspensión o exclusión de estudiantes en colegios privados por retrasos en el pago de pensiones. Finalmente, los actos de promoción estarán restringidos a ciertos niveles, autorizándose únicamente para el sexto año de Educación Secundaria Comunitaria Productiva, mientras que en niveles iniciales y primarios comunitarios no se realizarán este tipo de ceremonias


