El Órgano Ejecutivo ha formalizado la entrada en vigor de la Ley 1670, una legislación que otorga a aproximadamente 1.4 millones de prestatarios la opción de diferir el pago de sus créditos por un periodo de hasta seis meses. Además, esta nueva normativa establece la suspensión temporal de embargos y ejecuciones judiciales relacionados con dichas obligaciones financieras.
Esta medida, que marca el epílogo de la gestión 2020-2025 de los poderes Legislativo y Ejecutivo, ha sido recibida con beneplácito por diversos colectivos de prestatarios y por sectores que abogan por un alivio económico para microempresas, transportistas y hogares afectados por la reciente contracción económica.
La denominación oficial completa de esta disposición legal, ya disponible en la Gaceta Oficial, es Ley 1670 excepcional de suspensión temporal de embargos y ejecución de sentencias de procesos judiciales por créditos de vivienda de interés social y diferimiento de créditos otorgados para vivienda de interés social y créditos a las unidades económicas de tamaño micro y pequeña.
No obstante, la iniciativa no ha estado exenta de críticas. Entidades como la Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban), la Asociación de Entidades Financieras Especializadas en Microfinanzas (Asofin) y la Asociación de Instituciones Financieras de Desarrollo (Finrural) manifestaron su desacuerdo. Estas instituciones financieras expresaron su preocupación de que una aplicación generalizada y automática del diferimiento podría desestabilizar el flujo de recursos del sistema financiero, provocando una merma considerable en la liquidez y, consecuentemente, limitando la capacidad de las entidades para conceder nuevos créditos a familias, emprendedores y empresas.
Desde el sector bancario se sugirió que cualquier mecanismo de alivio financiero debería ser focalizado y complementado con medidas compensatorias para mitigar los riesgos.
Para la implementación práctica de la ley, corresponderá a las entidades bancarias establecer los mecanismos necesarios que permitan a los prestatarios acceder a este beneficio, siempre y cuando cumplan con las condiciones estipuladas. Por su parte, la Autoridad del Sistema Financiero (ASFI) será la encargada de emitir la reglamentación pertinente. La magnitud de 1.4 millones de prestatarios potencialmente beneficiados subraya tanto la inquietud en el ámbito financiero como la gran expectativa en amplios segmentos de la población


